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Ayudas para la transformación digital Industria 4.0 RM

Programa de ayudas para la transformación digital de la industria de la Región de Murcia (Industria 4.0). 

Fecha publicación
Monday, 11 de January de 2016

Programa de ayudas (en régimen de CONCURRENCIA COMPETITIVA), cuyo objeto es el desarrollo por parte de las PYMES industriales de la Región de Murcia de proyectos de carácter tecnológico, con el objetivo de establecer una clara mejora competitiva, mediante la introducción efectiva de las tecnologías digitales en la industria, permitiendo que dispositivos y sistemas colaboren entre ellos, y con otras industrias, para mejorar los productos, los procesos y los modelos de negocio.

Convocatoria abierta hasta el 29 de febrero de 2016.

Objeto: 
Es objeto de este Programa el desarrollo por parte de las PYMES industriales de la Región de Murcia de proyectos de carácter tecnológico, con el objetivo de establecer una clara mejora competitiva, que consistan en la introducción efectiva de las tecnologías digitales en la industria, permitiendo que dispositivos y sistemas colaboren entre ellos, y con otras industrias, para mejorar los productos, los procesos y los modelos de negocio.

Los proyectos que se apoyarán incluirán, al menos, una o varias tecnologías de cada una de las siguientes Categorías, y finalizarán por tanto en una aplicación de gestión intraempresa o inter-empresa:

  • Categoría 1.- Tecnologías que permiten la hibridación del mundo físico (materiales y productos, maquinaria e instalaciones) y el digital, en el que la digitalización aportará información y control sobre los procesos/productos, que se canaliza y procesa con la segunda Categoría de tecnologías. Tecnologías: realidad aumentada e impresión 3D; automatización avanzada, robótica y vehículos no tripulados; Internet de las Cosas; sistemas inteligentes embebidos.
  • Categoría 2.- Tecnologías de la comunicación y tratamiento de los datos adquiridos por la primera Categoría de tecnologías. Tecnologías: Cloud computing, Ciberseguridad, Tecnologías de la comunicación.
  • Categoría 3.- Tecnologías que permitan dotar de inteligencia y control extremo a extremo de la Cadena de Valor de la empresa (Aplicación intraempresa), especialmente en los ámbitos de la fabricación y la logística; así como el desarrollo de plataformas de conexión entre empresas para el trabajo colaborativo y la integración online de las Cadenas de Valor de proveedores y otras empresas (Aplicación inter-empresa). Tecnologías: Big Data e inteligencia de negocio, tecnologías de la información para el desarrollo de plataformas colaborativas inter-empresas/de gestión de flujos, y para el desarrollo de aplicaciones en todo el ámbito de la cadena de valor de la empresa.

No se admitirán aquellos proyectos que supongan la modificación habitual o periódica efectuada en los productos, líneas de producción, procesos de fabricación, servicios existentes y otras actividades en curso, aun cuando dichas modificaciones puedan representar mejoras.Beneficiarios: 
Exclusivamente las PYMEs cuya actividad se corresponda a una industria manufacturera incluida en los CNAEs 10 al 33 ( salvo las excluidas por las Bases Reguladoras) y se localicen en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerzan una actividad económica y que estén válidamente constituidas en el momento de presentación de la solicitud de ayuda, siempre que se encuadren en el objeto, beneficiarios, requisitos y costes elegibles de este programa específico.

Subvención a fondo perdido sobre los costes elegibles.

La intensidad de ayuda no podrá exceder del 50% de los costes subvencionables, ni la cuantía máxima por proyecto o solicitud el importe de 60.000 euros

Para que el proyecto o solicitud formulada sea considerado subvencionable, los costes elegibles deberán alcanzar un importe mínimo de 50.000 euros; teniendo la consideración de costes elegibles los siguientes conceptos:Inversiones materiales (maquinaria, equipos, hardware y sistemas electrónicos) e inmateriales (licencias software).Colaboraciones externas, así como los costes de consultoría, ingeniería y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a la implantación proyecto. Estos costes serán subvencionables hasta el límite del 30% de los costes subvencionables totales del proyecto.Quedan excluidas las inversiones en terrenos, obra civil e instalaciones de la misma, así como las inversiones de sustitución.

+Info: http://www.institutofomentomurcia.es/infodirecto/servlet/Controlador;jsessionid=78CABB519C78034B6B6C0E27B0A8C1E7?idServicio=419