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Publicada la Directiva UE sobre las sustancias prioritarias

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Fecha publicación
Sunday, 01 de September de 2013

Publicada la Directiva 2013/39/UE sobre las sustancias prioritarias en el ámbito de la política de aguas.

La revisión de la lista de sustancias prioritarias ha sido respaldada por una amplia consulta con expertos de los servicios de la Comisión, los Estados miembros, las partes interesadas y el Comité Científico de los Riesgos Sanita­rios y Medioambientales. 

El Diario Oficial de la Unión Europea publicaba el pasado 24 de agosto la DIRECTIVA 2013/39/UE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 12 de agosto de 2013 por la que se modifican las Directivas 2000/60/CE y 2008/105/CE en cuanto a las sustancias prioritarias en el ámbito de la política de aguas.

La Directiva, que entrará en vigor en un plazo de 20 días después de su publicación en el DOUE, tiene como principales objetivos:Modificar la lista de sustancias prioritarias mediante la identificación de nuevas sustancias para acciones prioritarias a escala de la Unión.Adoptar medidas para lograr el buen estado químico de las aguas superficiales mediante la adopción de normas de calidad ambiental (NCA) para las sustancias prioritarias y otros contaminantes determinados.

La Comisión Europea ha efectuado una revisión de la lista de sustancias prioritarias con arreglo al artículo 16, apartado 4, de la Directiva 2000/60/CE y al artículo 8 de la Di­rectiva 2008/105/CE, y ha llegado a la conclusión de que procedía modificar la lista de sustancias prioritarias me­diante la identificación de nuevas sustancias para acciones prioritarias a escala de la Unión, el establecimiento de NCA para dichas sustancias identificadas recientemente, la revisión de las NCA para algunas sustancias existentes en función del progreso científico, y el establecimiento de NCA de la biota para algunas sustancias prioritarias exis­tentes y las sustancias identificadas recientemente.

La revisión de la lista de sustancias prioritarias ha sido respaldada por una amplia consulta con expertos de los servicios de la Comisión, los Estados miembros, las partes interesadas y el Comité Científico de los Riesgos Sanita­rios y Medioambientales. 

España deberá adaptar los condicionantes de esta Directiva a su legislación antes del 14 de septiembre de 2015.

Fuente: @amiqnet